La observancia del cuidado objetivamente debido

El grado de diligencia que se debe mantener a la hora de realizar diversas actividades en la vida diaria con el fin de proteger los bienes jurídicos es lo que se denomina en Derecho como observancia del cuidado objetivamente debido.

El Derecho usa este concepto como medida objetiva para evaluar si el daño o lesión a un bien jurídico se produjo por la inobservancia de la diligencia necesaria y para ello tendrán en cuenta varios aspectos.

Será necesario establecer que el resultado era objetivamente previsible. Ello quiere decir que si el resultado producido de lesión de un bien jurídico era una consecuencia en absoluto improbable al realizar el autor la actividad en cuestión, es posible apreciar una inobservancia del cuidado objetivamente debido y se podría calificar la acción como un delito imprudente, en su caso. Se proclama que existirá el cuidado debido si existe abstención en la realización de acciones peligrosas las cuales evitaría una persona sensata e inteligente.

En ocasiones, el cuidado objetivamente debido a la hora de realizar ciertas acciones se establece en leyes administrativas o en normas aplicables a una profesión basadas en ciertas reglas técnicas que hay que tener en cuenta a la hora de desempeñarla.  

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