El procedimiento monitorio

¿Se encuentra en la necesidad de reclamar una deuda? ¿Ha sido acusado judicialmente de un impago? En ambos casos, el procedimiento monitorio es el punto clave para usted. ¿En qué consiste exactamente?


Este procedimiento es una vía rápida para reclamar deudas. Se abre un juicio sencillo tras interponer una reclamación ante el tribunal civil. ¿Qué se puede exigir? Habitualmente, se reclama el pago a alguien que nos deba una cantidad. Para poder hacerlo, se deben cumplir ciertas premisas. Ante todo, se deberá probar el importe concreto de la deuda debida, y sólo podrá reclamarse cuando haya vencido el plazo para ser pagada. A continuación, deben aportarse todos los medios de prueba de la relación mediante facturas, cartas certificadas, albaranes, e-mail... Todo lo que sirva.


De los siguientes pasos nos encargamos nosotros, escribiendo la demanda y adjuntando todas las pruebas, que presentaremos ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor. Una vez hecho esto, el deudor dispone de veinte días para saldar su deuda.


¿Y si sigue sin querer pagar? En este caso, existen dos opciones. Si no responde a nuestra demanda, se presumirá que está de acuerdo con las condiciones que le imponemos y deberá pagar, pudiéndose embargar sus bienes. Si se opone con otra demanda, tendremos que acudir al juicio normal.

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