Juicios de delitos leves

Juicios de delitos leves

Nuestro equipo de abogados especializados le asistirá con acciones concretas, y por supuesto también le proporcionará la información que precise sobre los juicios de delitos leves, así como sobre su diferencia con las faltas y con otro tipo de delitos. En realidad, las faltas han desaparecido para dejar lugar a los delitos leves.

Tal modificación surgió a partir de la Ley Orgánica 01/2015, la cual, entre otras consideraciones, se ocupa de la remodelación de algunos aspectos del Código Penal. Con esta reforma, desaparecen los juicios de faltas, que pasarán a llamarse juicios por delitos leves. Con anterioridad, las faltas eran actos de carácter antijurídico, los cuales eran merecedores de sanciones penales, sanciones que, por las características leves de los actos, no suponían en ningún caso privación de libertad. Los delitos leves, tal y como se plantean hoy en día en el derecho, poseen ciertas características en común con los juicios de faltas, aunque por otro lado incorporan novedades que puede modificar sustancialmente las decisiones judiciales.

Al haber cambiado la ley en este sentido, lo que antes se llamaban faltas, hoy son delitos leves. Se trata de una figura jurídica diferente, lo que propicia sensibles diferencias con la figura anteriormente mencionada. Una de las novedades es que, al ser tenidos en cuenta como delitos, en los hechos se contempla la posibilidad de los actos preparatorios y las tentativas, figuras que antes no afectaban a las faltas. Por ejemplo, con la modificación de la ley, pueden castigarse hechos por el simple hecho de ser maquinados y/o premeditados, una situación que no se daba con los juicios de faltas.

Otra diferencia importante con la anterior reglamentación, es que los individuos que cometan delitos leves, podrán sufrir la aplicación de antecedentes penales, lo que no sucedía con los juicios de faltas. Los abogados especializados en juicios por delitos leves, han de estar perfectamente al tanto de las novedades y de todas las excepciones y particularidades que fija la nueva reglamentación. Para terminar, diremos que la figura del juicio de faltas desaparece, en buena medida, con el fin de librar de grandes cantidades de trabajo a tribunales, los cuales han de atender y dirimir cuestiones legales sobre actos más graves.

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