EL PERIODO DE PRUEBA EN EL TRABAJO

El periodo de prueba es una parte de la relación laboral que a menudo no se conoce mucho. Por otra parte, esta situación también puede ser caldo de cultivo para injusticias por parte de la empresa. Por ello le invitamos a leer estas líneas, tanto para despejar sus dudas como para evitar abusos en esta situación.

El periodo de prueba es una posibilidad que permite el Estatuto de los Trabajadores para que el empresario y el trabajador se puedan conocer y probar mutuamente. Ese debería ser, al menos teóricamente, el punto de partida. Este periodo no se puede imponer, debe aceptarlo el trabajador y expresarse en el contrato. También tiene una duración máxima. Si el Convenio Colectivo no dice nada al respecto, la duración máxima es la siguiente:

-6 meses para trabajadores titulados;
-2 meses para el resto;
-3 meses en empresas que tengan menos de 25 trabajadores;
-1 mes para trabajadores temporales con contrato menor a 6 meses.

Estas son las condiciones que se deben cumplir. Además, debe saber que este periodo si se supera, computa como antigüedad en la empresa. Y por supuesto los días trabajados deben pagarse, tanto si al final se continúa en la empresa como si no.

Una situación particular es la de las trabajadoras embarazadas en periodo de prueba. Legalmente un despido basado en un embarazo es nulo. Pero como el periodo de prueba permite despedir al trabajador cuando se estime necesario sin dar justificación ni indemnizarle, algunos empresarios emplean esta estrategia para echar a la trabajadora si se ha quedado embarazada.

Por eso le recomendamos que en caso de abusos o si vemos que algo no se está realizando correctamente, reclame sus derechos. Desde nuestro Despacho en Molina de Segura, especializado en diversas ramas, podemos ayudarle. Sólo tiene que pedir una cita previa con nosotros y le ayudaremos. Somos abogados con amplia experiencia en el sector.

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