Juicios de faltas

Juicios de faltas

Si el hecho que se enjuicia es de poca gravedad y así se establece en la normativa penal el proceso se constituirá como un juicio de faltas mucho más rápido y sencillo que los procesos penales ordinarios evitando muchas de las formalidades de estos.

En un solo acto, normalmente ante los Juzgados de Instrucción, se presentan los hechos y las pruebas para posteriormente exponer las conclusiones de modo que con una sola vista el juicio queda pendiente de sentencia.

Nuestros abogados le asistirán en este tipo de procesos a fin de conseguir los mejores resultados.

En caso de que ocupe la posición de denunciante le asesoramos acerca de si además de la responsabilidad penal es posible ejercitar una acción civil paralelamente con la finalidad de reclamar una indemnización por los daños perjuicios causados como consecuencia de la falta penal.

Ante la sentencia dictada como consecuencia de un juicio de faltas es susceptible de recurso de apelación en un plazo de cinco días desde la notificación por lo que si usted no está satisfecho con el resultado obtenido nuestros letrados se ocuparan del planteamiento del recurso ante la instancia correspondiente.

Si se encuentra en la situación descrita o tiene dudas, a través de la página web o por teléfono y nuestros letrados le solucionaran todas sus cuestiones.

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